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Consultoría 2023/010: TERMINOS DE REFERENCIA EVALUACION Y ACTUALIZACION/FORMULACION DE LA POLÍTICA PÚBLICA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS At International Organization for Migration

Written by Canada Expert

TERMINOS DE REFERENCIA EVALUACION Y ACTUALIZACION/FORMULACION DE LA POLÍTICA PÚBLICA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS Y PROTECCIÓN INTEGRAL A LAS VICTIMAS

  1. Lugar de destino de la consultoría: En ciudad Guatemala y en departamentos priorizados por la Secretaría Contra la Violencia Sexual Explotación y Trata de Personas.
  2. Duración de la consultoría: 5 meses.
  3. Naturaleza de la consultoría: Asistencia técnica al Gobierno de Guatemala para la Actualización de la Política Contra la Trata de Personas y Protección Integral a las Víctimas. Consultoría de Categoría B por productos, con resultados medibles y tangibles de la asignación de trabajo.
  4. Contexto y alcance del proyecto:
    Problemática y abordaje internacional
    La trata de personas es un delito y una grave violación a los derechos humanos que sucede tanto en zonas en paz, como de conflicto y catástrofe. Actividad ilícita, caracterizada por su transnacionalidad, que victimiza no solo a mujeres, sino a niñas, niños, adolescentes y hombres de todas partes del mundo, por ello en la actualidad es denominada, trata de personas. Quienes los cometen se aprovechan de las pérdidas humanas, materiales, sociales y económicas generalizadas y de las consiguientes vulnerabilidades causadas por las emergencias. Las crisis humanitarias no sólo intensifican las tendencias existentes de la trata de personas, sino que también pueden dar lugar a nuevas formas de trata.

De manera general, el perfil de las víctimas difiere según la forma de explotación, en época reciente, la mayoría de las mujeres y niñas detectadas fueron objeto de trata de personas con fines de explotación sexual, mientras que los hombres y los niños fueron principalmente objeto de trata para trabajos forzados. Cabe resaltar la profunda vulnerabilidad de las niñas, niños y adolescentes ante la trata de personas, durante los últimos 15 años, más del 30% de las víctimas son menores de edad. Los niños utilizados principalmente en la modalidad de explotación laboral y las niñas en modalidad de explotación sexual.
A este marco, se suma la crisis que enfrentaron los países derivados de la pandemia provocada por el COVID-19, la cual los puso bajo una enorme presión y afectó la vida de todas las personas. Si bien, se previó que las medidas de control y el aumento de la presencia policial en las fronteras y calles, parecían disuadir la delincuencia, también pudieron contribuir a que ésta se hiciera más clandestina. Durante esta pandemia, en el delito de trata de personas, los delincuentes se ajustaron a nuevos modelos de negocios, especialmente mediante el uso indebido de las nuevas tecnologías.

Esta problemática mundial, ha generado en el seno de Naciones Unidas, la aprobación de medidas internacionales para mitigarla, las cuales están contenidas en instrumentos internacionales, tales como:
a. Acuerdo Internacional del 18 de mayo de 1904 para la Represión de la Trata de Blancas.
b. Convenio Internacional del 4 de mayo de 1910 para la Represión de la Trata de Blancas.
c. Convenio Internacional del 30 de septiembre de 1921 para la Represión de la Trata de Mujeres y Niños.
d. Convenio Internacional del 11 de octubre de 1933 para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad.
e. Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena de 1949.
f. Convención suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones y prácticas análogas a la esclavitud de 1956.
g. Convenio número 105 de la Organización Internacional del Trabajo -OIT- sobre la Abolición del Trabajo Forzoso de 1957.
h. Convenio Número 182 de la Organización Internacional del Trabajo -OIT- sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil de 1999.
i. Convenio Número 29 de la Organización Internacional del Trabajo -OIT- sobre el Trabajo Forzoso.
j. Convenio Número 97 de la Organización Internacional del Trabajo -OIT- sobre los Trabajadores Migrantes de 1952.
k. Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. También conocido como Protocolo de Palermo.
El Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, entró en vigor el 25 de diciembre de 2003. En mayo del 2004, 117 países son firmantes y 50 lo han ratificado, siendo Guatemala uno de ellos. Este documento fue creado para fortificar y optimizar la colaboración internacional con la intención de luchar en contra de la trata de personas; asimismo prevenirla y mejorar la protección y atención a las víctimas.

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Es importante resaltar que el Protocolo de Palermo, se ha constituido como el instrumento de orden internacional en materia de este delito. Su creación se encuentra inspirada y tiene vinculación, ya sea directa o indirecta, con todos los instrumentos internacionales de protección y promoción de los derechos humanos, entre estos: la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Convención Sobre los Derechos del Niño, Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, el Pacto Mundial para las Migración Segura, Ordenada y Regular, entre otros. Algunas de las formas para verificar su complimiento se puede mencionar las Sesiones de la Conferencia de las Partes de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organiza Transnacional, convocadas por la Asamblea General, los Grupos de Trabajo especializados contra la Trata de Personas, el Tráfico Ilícito de Migrantes.
De igual manera, en el seno de Naciones Unidas se emitió el Plan de Acción Mundial de las Naciones Unidas para combatir la Trata de Personas, a través del cual se promueven respuestas amplias, coordinadas y sistemáticas en los planos nacional, regional e internacional, para luchar contra la trata de personas, desde un enfoque basado en derechos humanos, para proteger a las personas más vulnerables y fortalecer la respuesta de la justicia penal. En el año 2015, la ONU uniendo esfuerzos con organizaciones no gubernamentales y ciudadanos de todo el mundo, crearon los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), estos Objetivos, especialmente en los 5, 8, 10, 16 y 17 contienen metas que pretenden fomentar un proceso de migración seguro y sistemático, erradicar la trata de personas y luchar contra la delincuencia organizada. El Pacto Mundial para una Migración Segura, Ordenada y Regular, otro instrumento internacional de importancia, en su objetivo 10, exige medidas específicas para prevenir y combatir la trata de personas en el contexto de la migración internacional, mismos que se encuentran enmarcados en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible,
El Informe Mundial sobre la Trata de Personas, elaborado cada dos años, por la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), con el objetivo de fundamentar una respuesta eficaz a este delito y situarlo en el contexto de la Agenda Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible. En el año 2020, se construyó la mayor base de datos del mundo sobre víctimas de trata, compilando cifras de fuentes oficiales de 148 países. Señala que 50,000 víctimas de trata de personas fueron detectadas en el año 2018, así también se ha evidenciado que los tratantes están aprovechando las múltiples vulnerabilidades, como la migración y el desempleo, que se han visto profundizadas aún más por la recesión inducida por la pandemia del COVID-19. La UNODC pudo registrar 534 rutas de trata de personas, diferentes en todo el mundo, aunque las víctimas suelen ser objeto de trata en zonas geográficamente cercanas. A nivel mundial, la mayoría de las víctimas son rescatadas en su propio país de origen.
En la Cumbre de las Américas del año 2022, los países firmaron la Declaración de Los Ángeles sobre Migración y Protección, a través de la cual comprometen a sus gobiernos a ampliar las vías legales de migración, apoyar la integración de los inmigrantes, invertir en la gestión de la migración y coordinar las respuestas a los movimientos migratorios masivos y las crisis de desplazamiento. El documento señala que las mujeres continúan siendo las principales víctimas de la trata de personas, asimismo, que pese a que, en los últimos 15 años, el número de víctimas detectadas ha aumentado, el perfil ha cambiado. El porcentaje de mujeres adultas entre las víctimas detectadas disminuyó de más del 70% a menos del 50% en 2018, mientras que el porcentaje de niños detectados ha aumentado de alrededor del 10% a más del 30%. En el mismo período, el porcentaje de hombres adultos casi se ha duplicado, pasando de alrededor del 10% al 20% en 2018.
Contexto Local
Las dinámicas migratorias en Guatemala son variables, con un contexto económico social que refleja un alto número de personas migrantes nacionales, además de reconocerse como un país de origen, tránsito, destino y retorno de víctimas de diferentes delitos, entre ellos la violencia sexual, explotación y trata de personas; vulnerando gravemente los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas, exponiéndolas a situaciones de explotación, sin importar edad o condición socioeconómica, con el fin de obtener un beneficio económico o material, por parte de grupos delictivos organizados, para su propio enriquecimiento o para financiar otras actividades delictivas. Estos delitos, se ha identificado en los reportes y datos que son emitidos por las instituciones que brindan atención a víctimas, las niñas, adolescentes y mujeres son los grupos más vulnerables o en riesgo ante estos delitos, asociados con diversos factores.
En los diferentes momentos del trayecto migratorio, se pueden presentar riesgos que requieren que los Estados implementen acciones a nivel nacional, binacional y regional, orientados a la prevención de delitos, principalmente de violencia sexual, explotación y trata de personas, razón por la cual los Estados deben prevenir y combatir el tráfico ilícito de migrantes, así como promover la cooperación entre los Estados Parte con ese fin, protegiendo al mismo tiempo los derechos de los migrantes objeto de dicho tráfico.
En el país, en el año 2009 se aprobó la Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas (LEYVET),mediante el Decreto Número 9-2009 del Congreso de la República de Guatemala, asumiendo el Estado, el compromiso de prevenir y combatir dichos delitos en sus causas y consecuencias, bajo la premisa fundamental de crear mecanismos, estrategias, programas para la prevención, la pronta y efectiva atención integral y especializada a las víctimas y sobrevivientes, así como la búsqueda de la restitución de los derechos vulnerados.
La ley en mención, crea la Secretaría para la Prevención de Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas (SVET), dentro de su marco de atribuciones descritas en la -LEYVET-, se encuentra establecido en el artículo 5: a) “Servir de órgano asesor y recomendar la realización de acciones a las distintas dependencia o entidades del Estado en la lucha contra la violencia sexual, explotación y trata de personas“ y c) Realizar seguimiento y estudiar los efectos de las normas, programas y acciones en materia de su competencia y recomendar su reorientación”, desarrolla diversas acciones estratégicas para la lucha contra este fenómeno, que tanto daño ocasiona a la humanidad.

Este fenómeno no afecta únicamente a las víctimas, sino repercute en su entorno socio familiar y en la población en general. De acuerdo con el Artículo 10 de la LEYVET, preceptúa que, “se entenderá por victima a la persona que, individual o colectivamente haya sufrido daños, lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, perdida financiera o menoscabo sustancial de acciones u omisiones que violen la legislación penal. También se considera víctima a las familias o a las personas a cargo que tengan relación inmediata con la victima directa y las personas que hayan sufrido daños al intervenir para asistir a la víctima en peligro o para prevenir la victimización”.
En el año 2016, se aprueba el Decreto Número 44-2016 del Congreso de la República de Guatemala, el cual visibiliza con mayor énfasis el delito de trata de personas, que puede ocurrir en el contexto de movilidad humana, por tanto, el Estado de Guatemala busca proteger a las personas migrantes. En ese sentido, habilita una administración de hogares de protección y abrigo para la niñez y adolescencia vulnerada en sus derechos y programas especializados en atención integral para personas migrantes victimas adultas de violencia sexual, explotación y trata de personas, a cargo de la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia y la Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas, en su orden.
En el año 2019, se conforma el Consejo de Atención y Protección (CAP), mesa de trabajo interinstitucional que atiende lo estipulado en los artículos el 161 y 162 del Código de Migración, como la Autoridad Migratoria Nacional, con funciones específicas, principalmente enfocadas en la prevención de los riesgos de la migración, a la atención y protección a las personas migrantes y en situación de retorno. La SVET participa como institución invitada, tanto ante dicho Consejo como en su Mesa Técnica. La función de la SVET ha sido acompañar el trabajo, desde el asesoramiento y la recomendación de acciones en materia de violencia sexual, explotación y trata de personas.
Alcance del Proyecto

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La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) de las Naciones Unidas, cuenta con más de 25 años de experiencia en la lucha contra la trata de personas, trabaja en colaboración con los gobiernos, las Naciones Unidas, las organizaciones internacionales y no gubernamentales, el sector privado y los actores de derechos humanos, paz y desarrollo en todos los aspectos de las respuestas a la Lucha contra la Trata de Personas, prevención, protección, y asociación en contextos humanitarios y de desarrollo. Desde mediados de los años noventa, la OIM y sus asociados han brindado protección y asistencia a más de 100.000 hombres, mujeres y niños, incluidos los que corren el riesgo de ser víctimas de la violencia, la explotación y el abuso y los que fueron objeto de la trata.
La OIM alienta a los Estados Miembros y a los principales actores a comprometerse en la eliminación y prevención de la trata. Para ello, contribuye a una serie de procesos multilaterales regionales e internacionales, incluidos el Grupo Interinstitucional de Coordinación contra la Trata de Personas (ICAT), el Equipo de Trabajo contra la Trata de Personas Grupo Temático de Protección Global en la Acción Humanitaria, la Alianza 8.7, los Objetivos de Desarrollo Sostenible y el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular. También trabaja con los actores humanitarios para asegurar que las consideraciones de lucha contra la trata se integren en las intervenciones de respuesta de emergencia, al objeto de prevenir y mitigar el riesgo de mayores daños
Desde el año 2010, el Western Hemisphere Program (WHP) de la OIM, se dedica a fortalecer las capacidades gubernamentales en Guatemala para gestionar la migración de forma sostenible y humana en Guatemala entre ellos la buena gestión del tema de trata de personas. En este sentido, a través de dicho programa la OIM ofrece al gobierno de Guatemala su acompañamiento técnico y financiero para poder llevar a cabo la actualización de la política pública vigente.
La SVET, ha dotado de sentido la ratificación realizada por el Estado de Guatemala del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, cuya finalidad es prevenir y combatir la trata de personas, con especial atención a las mujeres y los niños, promoviendo la cooperación entre Estados. En consecuencia, y para prevenir y combatir de forma eficiente este delito, ha sido necesario establecer mecanismos, estrategias, programas de prevención, protección, atención, repatriación de las víctimas y sobrevivientes, así como sanción y persecución del delito. En cumplimiento de sus atribuciones, la SVET ha liderado la Comisión Interinstitucional contra la Trata de Personas (CIT), en la cual, se han formulado documentos técnicos en la materia, con aportes de los actores institucionales que la integran, entre ellos, la formulación de la Política Pública contra la Trata de Personas 2014 – 2024, en la cual el Estado de Guatemala asume el compromiso de combatir este delito como los problemas que de ellos se derivan. Para lo que se buscará la participación, aporte y consenso de los actores de la CIT y otros otras instituciones que trabajan el tema.
En atención a la problemática, contexto actual y vincularse al abordaje internacional, considerando las áreas de mejora, la SVET con el apoyo de OIM, llevará a cabo, a través de la presente consultoría, la actualización de la Política Pública para los próximos años, adoptando para su construcción la Guía para Formulación de Políticas Públicas, de la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia (SEGEPLAN), quien acompañará el proceso.
Por lo tanto, es necesario que Guatemala actualice sus instrumentos de prevención, asistencia, protección entre otros, de la trata de personas y para ellos es necesario actualizar su actual política pública contra la Trata de Personas y Protección Integral de las Víctimas que data del año 2014. Para el desarrollo de está consultoría se contratará una empresa o persona consultora que cumpla con los requisitos descritos en estos Términos de Referencia.
Algunos aspectos esenciales para una nueva política pública contra la trata de personas es necesario que la propuesta que se presentará describa a detalle las fases de trabajo que se desarrollarán para alcanzar los resultados esperados para conocer el estado actual de la Política Pública vigente, la actualización de la nueva Política Pública y la Estrategia de la Difusión de la misma.

Guatemala ha logrado avances importantes en materia legislativa e institucional respecto a la prevención y combate de las víctimas de trata de personas, así como en protección y repatriación a víctimas de trata de personas que no están integrados en la Política vigente y deben incorporarse para su actualización. Entre ellos se pueden nombrar los siguientes: a) La ratificación de instrumentos, resoluciones, reuniones, declaraciones u otros documentos de carácter internacional, a través de los cuales, Guatemala ha adquirido nuevos compromisos en la materia. b) Creación y reforma de Leyes nacionales en virtud de lo especificado anteriormente, así como necesidades detectadas por el país. c) Readecuación del Sistema de Protección a víctimas de trata de personas, con un enfoque migratorio. d) Evidencia de nuevos Recursos utilizados por la delincuencia organizada para cometer el delito, entre estos la tecnología, el aprovechamiento de crisis globales y nacionales, como el COIVD-19, desastres naturales y el enriquecimiento de estructuras criminales a consecuencia de la explotación de personas. e) Así también, desde la SVET se ha manifestado que en atención a las dinámicas actuales y diferentes aspectos identificados a nivel internacional, la trata de personas requiere un abordaje multidimensional, lo cual significa que la respuesta del Estado debe girar en un enfoque amplio, que conlleve diferentes ejes de trabajo, como: prevención, fortalecimiento de capacidades de equipo multidisciplinarios, la atención y protección a víctimas, el acceso a la justicia y el trabajo colaborativo entre diferentes sectores y países. Cada uno de estos ejes de trabajo requiere su abordaje en una forma amplia y coordinada, para esto se plantean los siguientes objetivos:
Objetivo General
Actualizar la Política Pública contra la Trata de Personas, con enfoque en derechos humanos, la transnacionalidad del delito, su relación con otros delitos de crimen organizado y que responda a las necesidades integrales de este fenómeno, que permita brindar una atención especializada y diferenciada a las víctimas y sobrevivientes de este delito, así como el acceso a la justicia.

Objetivos Específicos
i. Conocer el estado actual de la Política Pública contra la Trata de Personas 2014-2024, la cual constituya una línea base para la actualización y diseño del nuevo instrumento, basándose en la consulta a representantes de instituciones gubernamentales, no gubernamentales y organismos internacionales que trabajan en la materia.
ii. Actualizar la Política Pública, con base en un proceso de validación, con la participación de instituciones representadas ante la Comisión Interinstitucional contra la Trata de Personas, CIT y otras instituciones que trabajan en la materia, entre otros actores claves.
iii. Elaborar una Estrategia de Difusión de la nueva Política Pública en todos los niveles de gobierno involucrados (central y local) que permita su implementación desde diferentes niveles, con la participación de diversos actores gubernamentales, no gubernamentales y organismos internacionales.
5. Departamento/unidad de la Organización a que presta servicios el consultor/la consultora: el consultor o consultora prestará sus servicios para ejecutar actividades relacionadas al eje sobre Gobernanza de la migración del WHP. Código del proyecto LM.0487
Consultores de categoría “B”:
Para el desarrollo de las actividades, la empresa o persona consultora que se contrate tomará en cuenta al momento de la planificación, la opinión técnica y profesional de las personas consultadas, para lograr una participación efectiva de los actores en el proceso.
Elaborará productos concretos y mesurables de la misión asignada. Trabajará de forma coordinada por el equipo de la SVET, acompañado por SEGEPLAN y la OIM, con quienes mantendrá una comunicación fluida y transparente, reuniones y mesas de trabajo para discusión y consenso de documentos, que aprobará SVET y su Despacho Superior, acompañado técnicamente por OIM.
Para efectos metodológicos se describe etapas y procedimientos para crear de manera consensuada, un diagnóstico para conocer la situación de la Política Vigente, actualización/formulación de la nueva Política Pública y la Estrategia de difusión. A continuación, se presentan las fases, actividades y productos esperados por parte de la consultoría, descripción de estos, así como las fechas límites de entrega:

6.1 Especificaciones de los productos:
Los productos de la presente consultoría y todos los insumos que serán elaborados, recopilados, sistematizados y puesto a disposición derivado de la presente contratación, son propiedad exclusiva de la Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas –SVET- y de la OIM, por lo tanto, no podrán ser utilizados, producidos y/o publicados parciales o totalmente, sin la autorización expresa de esta Secretaría.
Para la actualización de la Política Pública en mención y los productos esperados, se deberán observar la Guía para Formulación de Políticas Públicas emitidas por SEGEPLAN, así como la atención a las asesorías técnicas y opiniones de dicha institución, para efectos de su elaboración. Para la coordinación de acciones por parte de la empresa o persona consultoras, deben ser planificadas y coordinadas por el equipo designado por SVET y aprobado por el Despacho Superior. Todo documento debe ser consensuado entre las partes. Se realizará una reunión semanal para actualización del avance del borrador de actualización de la política y estrategia de divulgación.
Entrega del producto: Los productos finales y todos los insumos elaborados, recopilados, sistematizados y puestos a disposición durante cada una de las fases deberán entregarse en original y una copia, en formato digital y físico, a la Dirección contra la Trata de Personas de la siguiente forma:
• Versión impresa, que contenga la firma original del profesional con tinta de lapicero color azul en un folder azul.
• Versión digital editable.
Supervisión: La supervisión de los productos que se deriven de los servicios profesionales brindados, estará a cargo de la Dirección contra la Trata de Personas. El equipo consultor contratado deberá realizar las actividades designadas bajo las directrices del Despacho Superior y la Dirección contra la Trata de Personas de la SVET y deberá mantener una permanente, sistemática y efectiva comunicación con la directora de dicha Dirección y con la Organización Internacional para las Migraciones.

7. Indicadores de desempeño para la evaluación de los resultados
• Entrega final de los documentos de los productos;
• Entrega de listados de participación en talleres de consulta y validación a actores clave dónde tiene intervención la consultoría.
• Fotografías de las actividades.
• Base de datos de los participantes.
• Documentos en versión final de alta calidad.
• Calidad general del trabajo y servicios prestados.
8. Formación, experiencia o competencias requeridas
– La consultoría deberá ser realizada por un equipo consultor, especializado en formulación de políticas públicas, gestión de proyectos y procesos de investigación cuantitativos y cualitativos.
– Profesional del campo de las ciencias sociales (economista, sociólogo, politólogo, antropólogo, u otros relacionados).
– Estudios de maestría o doctorado en temas afines, comprobables.
– Experiencia mínima de 5 años en investigación y análisis económicos y sociales.
– Conocimiento sobre la normativa legal nacional e internacional relacionada a los temas a desarrollar.
– Conocimiento y/o experiencia laboral en temas como: derechos humanos, derechos de la niñez, derechos de la mujer, migración, prevención de violencia, genero, entre otros temas.
– Experiencia comprobada en redacción de informes técnicos (que incluye publicaciones).
– Conocimiento de la realidad sociocultural y del contexto económico, político y social de Guatemala.
– Conocimientos sobre aspectos presupuestarios de las políticas públicas que incide en las políticas sociales.
– Conocimiento del sector público, competencias, programas, entre otros, desde el punto de vista operativo y presupuestario.
– Buenas relaciones interpersonales con actores clave del sector público, organizaciones de sociedad civil y de la cooperación internacional.
– Experiencia laboral en la coordinación de equipos de trabajo en puestos de alta responsabilidad.
– Otras habilidades:
– Capacidad de análisis y sistematización
– Disposición de trabajo en equipo.
– Experiencia en el manejo de plataformas virtuales para capacitación y/o reuniones de trabajo.
– Experiencia en el manejo de los siguientes programas: Microsoft office, Google Suite, entre otros.
– Disponibilidad de tiempo para la realización de los productos solicitados y de las reuniones necesarias para su desarrollo.
– Capacidad de trabajar bajo presión y entrega de resultados.
– Conocer, los programas, planes y políticas públicas sobre trata de personas y migración

9. Viajes necesarios
A departamentos y municipios cuando sea necesario cubiertos por la consultoría. Trabaja desde la sede de la SVET con reuniones presenciales y visitas de campo a los departamentos seleccionados con contrapartes gubernamentales y gobiernos locales para la recolección de información, validación y presentación de los resultados del avance para la actualización de la política de trata de personas. Tendrá reuniones técnicas presenciales o virtuales con funcionarios/as de la OIM con el fin informar del avance del proyecto y del acompañamiento técnico.
10. Competencias
Valores
a. Inclusión y respeto por la diversidad: Respetar y promover las diferencias individuales y culturales. Fomentar la diversidad y la inclusión en la medida de lo posible.
b. Integridad y transparencia: Respetar estrictas normas éticas y actuar de manera coherente con los principios, reglas y normas de conducta institucionales.
c. Profesionalidad: Demostrar capacidad para trabajar de manera serena, competente y comprometida, y afrontar con buen juicio los retos diarios.
Competencias esenciales – indicadores de comportamiento
d. Trabajo en equipo: Desarrollar y promover la colaboración efectiva en todas las instancias para lograr objetivos compartidos y optimizar los resultados.
e. Logro de resultados: Producir y lograr resultados de calidad de manera oportuna y orientada a la prestación de servicios. Encaminar sus esfuerzos a la acción y estar comprometido con el logro de resultados.
f. Gestión e intercambio de conocimientos: Buscar continuamente oportunidades para aprender, compartir conocimientos e innovar.
g. Rendición de cuentas: Hacer suya la consecución de las prioridades de la Organización y asumir la responsabilidad de las acciones propias y del trabajo delegado.
h. Comunicación: Alentar y facilitar una comunicación clara y abierta. Explicar asuntos complejos, velando por informar, inspirar y motivar.
11. Instrucciones para expresiones de interés en esta candidatura
a. Consultores/as que cumplen con las calificaciones requeridas deberán enviar su hoja de vida, una carta de interés y propuesta técnica al correo electrónico: iomsalhr@iom.int indicando en el asunto del correo el nombre de la convocatoria.
b. Serán aceptadas pruebas adicionales de proyectos similares que el interesado/a quiera adjuntar.
c. Serán contactados únicamente los candidatos preseleccionados. Fecha límite para aplicar a esta vacante es el viernes 26 de febrero 2023. Por favor tener en cuenta.
d. Solo se considerarán las aplicaciones que cumplan con el perfil exigido.
e. No se considerarán aquellas aplicaciones recibidas en fecha posterior o que no especifiquen el nombre de la convocatoria.
f. El adjunto no debe tener un peso mayor a 2MB.

How to apply

Instrucciones para expresiones de interés en esta candidatura
a. Consultores/as que cumplen con las calificaciones requeridas deberán enviar su hoja de vida, una carta de interés y propuesta técnica al correo electrónico: iomsalhr@iom.int indicando en el asunto del correo el nombre de la convocatoria.
b. Serán aceptadas pruebas adicionales de proyectos similares que el interesado/a quiera adjuntar.
c. Serán contactados únicamente los candidatos preseleccionados. Fecha límite para aplicar a esta vacante es el viernes 26 de febrero 2023. Por favor tener en cuenta.
d. Solo se considerarán las aplicaciones que cumplan con el perfil exigido.
e. No se considerarán aquellas aplicaciones recibidas en fecha posterior o que no especifiquen el nombre de la convocatoria.
f. El adjunto no debe tener un peso mayor a 2MB.

Terminos de referencia se pueden descargar en el siguiente vinculo

Annex 2 – Consultant TDR Consultoría 2023010 GT.pdf

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